ARENERAS: BURDOS ERRORES – COPIA Y PEGUE A GRANEL – INCONCEBIBLE DE QUIENES SE AUTO DENOMINAN CIENTÍFICOS.

ARENERAS

IMPUGNACIÓN DE ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL PARTE Nº1

BURDOS ERRORES – COPIA Y PEGUE A GRANEL – INCONCEBIBLE DE QUIENES SE AUTO DENOMINAN CIENTÍFICOS.

Junto al Ingeniero Carlos Humberto Cadoppi en el día de hoy 21 de febrero presentamos ante la Secretaría de Ambiente Provincial impugnación al:

 “ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL ACUMULATIVO PARA LA EXTRACCIÓN DE ARENA SILÍCEA ISLAS DE IBICUY, ENTRE RÍOS INFORME FINAL INSTITUTO DE RECURSOS MINERALES FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES Y MUSEO UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA, en el marco de la causa: “Fundación Cauce: Cultura Ambiental-Causa Ecologista y otro c/Gobierno de la Provincia de Entre Ríos y otros s/Acción de amparo (ambiental) Expte. Nº 10480.

Como, los yerros son tan burdos y variados realizare varias publicaciones para ilustrar al generoso lector.

En primer lugar, digo que los firmantes del Estudio impugnado no aclaran cual es su especialidad – formación que, de ahí deriva su incumbencia, NO ACLARAN si son Geólogos, Ingenieros Agrónomos, o Ingenieros mecánicos.

Además, en la mayoría de los casos son burdos copia y pegue de los Estudios de Impacto Ambiental de las areneras, tomaron como válidas informaciones dadas por las areneras que, el suscribe desvirtuó en acciones judiciales donde se demostró que lo informado en los mentados estudios presentados eran FALSOS y, que tuvieron como consecuencias varias clausuras que son de conocimiento público.

El primer craso e inconcebible error es que no identificaron el agua subterránea que debían estudiar, según un informe de Hidráulica Provincial de la provincia de Entre Ríos, la provincia cuenta con cuatro acuíferos en la zona de La Paz el Ituzaingó, en la zona de Concordia el Salto Chico, en la zona de Paraná el Paraná, y en la zona de Concepción del Uruguay el Palmar, en la zona de Ibicuy se encuentra el Delta Aluvial Formación Isla Talavera, así consta en el mentado Informe, en un amparo que se ordenó su estudio, y en el mismo expediente 2.230.890 de la arenera y planta de Lavado El Mangrullo de YPF S.A. objeto del estudio impugnado.

En Derecho Penal se lo denomina Fruto del árbol envenenado – ergo a partir de ese error todo lo demás es nulo.

En el estudio impugnado informan:

Pág. Nº15 EsIA: Cuando determinan cual es el agua subterránea que se utiliza para el lavado de arena por las plantas de lavado se incurre en un error injustificable: “e) Provisión y calidad de agua: Los ensayos hidráulicos realizados sobre el acuífero que provee agua a la región (Formación Ituzaingó) indican que se trata (…)”

PERO en el informe de Hidráulica de la provincia dice:

«SÍNTESIS HIDROGEOLOGICA DE LAS FORMACIONES ACUÍFERAS TERCIARIAS Y CUATERNARIAS. DIRECCION DE HIDRAULICA PROVINCIA DE ENTRE RÍOS» Geóloga MARIA SANTI – Dirección DE HIDRAULICA DE ENTRE RÍOS.

Página Nº10: “Formación Ituzaingó (De Alba, 1953), fue depositada por el río Paraná, entre el Plioceno medio a Superior. Iriondo (1980), la extiende hasta Pleistoceno Inferior. Está compuesta por arenas ocráceas, blancas, rojizas, con intercalaciones pelíticas de tonos verdosos y frises, de composición mineralógica predominantemente cuarzosa con cantidades menores de feldespatos, micas, magnetita y otros máficos. (…) El espesor máximo, fue registrado en Corrientes con 150 metros, disminuyendo hacia el sur hasta llegar a 8 – 10 m. en las cercanías de la ciudad de Paraná. (…) Es explotado en el sector noroeste de la provincia”.

ADEMÁS: En el expediente de El Mangrullo de Y.P.F.S.A. Nº2.230.890, a folio 25 consta: “Ambiente de acuíferos en Formación Ituzaingó: Ubicado en el sector noroccidental de la provincia (….)” Ergo del noroeste de la provincia, zona La Paz – norte de Paraná -.

En el mismo Estudio de Impacto Ambiental de la planta de lavado “El Mangrullo de YPF S.A”. así lo describe: Según Folio N°25 Y 28, Expediente Secretaría de Ambiente, N°2.230.890, cantera “El Mangrullo” de YPF S.A., informa el nombre del agua subterránea que utilizan y extraen para el lavado de arena, donde se informa que es: “Formación Isla Talavera: En su mayor parte se constituye por depósitos de una ingresión holocénica (1), sedimentados sobre una unidad fluvial más vieja. Durante la fase regresiva posterior las corrientes marinas tuvieron un movimiento dextrógiro, dispersando los sedimentos aportados por el Río Paraná en el actual margen entrerriano del golfo (Irondo, 1978)”. (sic)

En causa judicial se ordena el estudio hidrogeológico del Delta Aluvial Formación Isla Talavera: «COOPERATIVA DE AGUA POTABLE Y OTROS SERVICIOS PUBLICOS DE IBICUY C/ CORUFA – GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS S/ ACCION DE AMPARO», (Expediente Nº 14070). Gualeguaychú, septiembre 7 de 2022.-

VISTOS: Estos autos caratulados: «COOPERATIVA DE AGUA POTABLE Y OTROS SERVICIOS PUBLICOS DE IBICUY C/ CORUFA – GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS S/ ACCION DE AMPARO», (Expediente Nº 14070), traídos a despacho para dictar sentencia, y; (…)

FALLO: I.- HACIENDO LUGAR PARCIALMENTE A LA ACCION DE AMPARO, y ORDENANDO que en el plazo de ciento ochenta (180) días corridos desde que quede firme la presente, el Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, realice, a través de sus Organismos competentes, los estudios hidrogeológicos a fin de conocer acabadamente las características, condiciones , calidad del agua subterránea y dimensión del acuífero «Delta Aluvial Formación Isla Talavera», conforme razones expuestas en Considerando respectivo.

En próximos escritos seguiré detallando otros aspectos que son burdos errores imposible de avalar científicamente.

Ricardo José Luciano.

D.N.I. 13.815.662

Abogado.

Comentá desde Facebook

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *