OBJETO: IMPUGNA ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL ACUMULATIVO
SEÑOR PRESIDENTE MUNICIPAL EZEQUIEL MANEIRO.
SEÑORA SECRETARIA DE AMBIENTE ING. ROSA MIRTA HOJMAN
S / D.
Ricardo José Luciano, abogado, Mº5423, Tº1, Fº148 CAER, con
domicilio real en calle J.F. Seguí Nº80 – Gualeguaychú, mail
ricardoluciano4@hotmail.com – ricardojoseluciano702@gmail.com, y Carlos
Humberto Cadoppi, D.N.I. Nº4.438.691, domiciliado realmente en Arroyo Baltazar
y Arroyo El Gato, Ibicuy, Entre Ríos, teléfono 11-4424-8278, constituyendo domicilio
legal en Avenida Alameda de la Federación Nº290, C.P. 3100, Paraná , en los autos
caratulados “Fundación Cauce: Cultura Ambiental-Causa Ecologista y otro
c/Gobierno de la Provincia de Entre Ríos y otros s/Acción de amparo
(ambiental) Expte. Nº 10480, me presento respetuosamente y como mejor
proceda en Derecho a S.S. digo:
1.- OBJETO:
En tiempo y forma venimos a impugnar:
a.- ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL ACUMULATIVO PARA LA
EXTRACCIÓN DE ARENA SILÍCEA ISLAS DE IBICUY, ENTRE RÍOS INFORME
FINAL INSTITUTO DE RECURSOS MINERALES FACULTAD DE CIENCIAS
NATURALES Y MUSEO UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA
2.- IMPUGNA:
Por los fundamentos de hecho y de Derecho que Infra exponemos.
Entendemos que el (No) estudio de Impacto Ambiental Acumulativo que
venimos a impugnar adolece de omisiones y datos que no se condicen con la
verdad real, más, lo que se desprende del mismo es que se remitieron a los
Estudios de Impacto Ambiental desde ahora “EsIA”, que las areneras presentaron
en la Secretaría de Ambiente que, en muchos casos, como el presente estudio es
un copia y pegue de los mismos estudios entre sí, realizados por los mismos
Consultores Daniel P. Mársico e Ivana E. Zecca y, entendemos que muchos de los
firmantes no tienen incumbencia ni se encuentran matriculados en la provincia de
Entre Ríos como para realizar el EsIA presentado, más ninguno detalla cuál es
su Título de Grado con el fin de que se pueda determinar sus incumbencias, ni a
que Cátedra pertenecen de la Universidad que dicen representar, ni siquiera consta
que la Universidad que dicen representar avala el trabajo, atento a ello fundamos
nuestra impugnación, a saber:
a.- PRIMER GROSERO ERROR:
Pág. Nº15 EsIA: Cuando determinan cual es el agua subterránea que
se utiliza para el lavado de arena por las plantas de lavado se incurre en un error
injustificable: “e) Provisión y calidad de agua: Los ensayos hidráulicos realizados
sobre el acuífero que provee agua a la región (Formación Ituzaingó) indican que se
trata (…)”
Pág. Nº379 EsIA: “2. 4- Aguas Subterráneas En este apartado nos
referimos a los acuíferos profundos que pueden ser considerados reserva de agua
dulce y que son explotados para uso industrial y doméstico por los establecimientos
areneros, y para uso ganadero y riego, además de doméstico, por los superficiarios.
Se trata del acuífero Ituzaingó -equivalente a la Formación Puelches- de carácter
semilibre a semiconfinado, cuyo techo se encuentra a 15 m de profundidad en la
localidad de Ibicuy, mientras su base alcanza una profundidad promedio de 65 m
b.b.p. (entre 17 y 112 m b.b.p.) y muestra espesores variables de entre 7,6 y 93,7
m. El acuífero Ituzaingó tiene caudales que varían entre 100 y 500 m3 /h y valores
de transmisividad de 2500 m2 /d, acompañados por una alta permeabilidad, del
orden de 60 m/d.
“Los estudios hidrogeológicos en el área de Ibicuy se limitan a
caracterizaciones regionales y muy escasos datos de perforaciones particulares. El
acuífero que se explota corresponde a la Formación Ituzaingó, con
características de semilibre a semiconfinado”. (el resaltado nos pertenece).
NO es el nombre del agua subterránea / acuífero de la zona, craso error
porque si no se identifica “El que” cómo se va a poder estudiar de forma fehaciente
“el cómo”, el informe carece desde el inicio de veracidad, como se ilustra en el
siguiente informe que se acompaña en PDF:
INFORME:
“Síntesis hidrogeológicas de las formaciones Acuíferas terciarios
y cuaternarios. Provincia de Entre Ríos. República Argentina María Santi,
Guillermo Bianchi y Graciela Rezzónico. 1 división Aguas Subterráneas,
Dirección de Hidráulica de la provincia de Entre Ríos, Córdoba 641, (3100)
Paraná, Entre Ríos, Argentina. 2 facultad de Ingeniería (UNLP), Calle 1 y 47,
(B1900TAG) La Plata, Buenos Aires, Argentina. 3 consultoría en Ingeniería
Hidráulica y Ambiente, Boulevard Moreno 265, (3100) Paraná, Entre Ríos,
Argentina”. Julio de 2016 – Geóloga María Santi – Dirección de Hidráulica de
Entre Ríos. (que se acompaña en PDF).
«SÍNTESIS HIDROGEOLOGICA DE LAS FORMACIONES
ACUÍFERAS TERCIARIAS Y CUATERNARIAS. DIRECCION DE HIDRAULICA
PROVINCIA DE ENTRE RÍOS»
Página Nº10:
“Formación Ituzaingó (De Alba, 1953), fue depositada por el río
Paraná, entre el Plioceno medio a Superior. Iriondo (1980), la extiende hasta
Pleistoceno Inferior. Está compuesta por arenas ocráceas, blancas, rojizas, con
intercalaciones pelíticas de tonos verdosos y frises, de composición mineralógica
predominantemente cuarzosa con cantidades menores de feldespatos, micas,
magnetita y otros máficos. (…) El espesor máximo, fue registrado en Corrientes
con 150 metros, disminuyendo hacia el sur hasta llegar a 8 – 10 m. en las cercanías
de la ciudad de Paraná. (…) Es explotado en el sector noroeste de la provincia”.
(lo resaltado me pertenece).
Página Nº63
N» Localidad ACUIFERO Grado de Medido confinamiento en r (ml Q m’lh
1 San Gustavo Ituzaingó Semiconfinado P.B. / P.O. 5,55 10,94
2 La Paz Ituzaingó Semiconfinado P.B. / P.O. 145 130
3 La Paz Ituzaingó Semiconfinado P.B. / P.O, 175 .81
4 La Paz Ituzaingó Semiconfinado P,B. / P.O. 175 87 –
5 Bellocq Ituzaingó Semiconfinado P.BJP..O. 9,80 5
6 Aldea Santa Marla Ituzaingó Semiconfinado P.B.J.P23,70 12..20
7 La Picada Ituzaingó transición Semiconfinado P.B. – 6
8 Guardamonte Ituzaingó-Paraná Transición Semiconfinado P.B / P.O 8 3.30
9 Gobernador Sola Transición Ituzaingó – Paraná Semiconfinado P.B/P.O.9,30
10 Gobernador Echague Transición Ituzaingó / Paraná Semiconfinado P.B./P.O.
11 Las Cuevas Paraná – Semiconfinado P.B/P.0. 22,30 9,60
Geóloga MARIA SANTI – Dirección DE HIDRAULICA DE ENTRE
RÍOS.
El Informe que se acompaña como prueba documental ubica al acuífero
Ituzaingó en el norte de la provincia de Entre Ríos (Pág. 63 – 66), y el agua
subterránea objeto de autos se encuentra en el sur, sólo por eso debe de ser
DESECHADO in limine el impugnado EISA.
ADEMÁS:
En el expediente de El Mangrullo de Y.P.F.S.A. Nº2.230.890, a folio 25
(se acompaña en PDF) consta:
“Ambiente de acuíferos en Formación Ituzaingó: Ubicado en el sector
noroccidental de la provincia (….)” Ergo del noroeste de la provincia, zona La Paz
– norte de Paraná -.
A fs. 379 consta: 2. 4- Aguas Subterráneas En este apartado nos
referimos a los acuíferos profundos que pueden ser considerados reserva de agua
dulce y que son explotados para uso industrial y doméstico por los establecimientos
areneros, y para uso ganadero y riego, además de doméstico, por los superficiarios.
Se trata del acuífero Ituzaingó -equivalente a la Formación Puelche- de carácter
semilibre a semiconfinado, cuyo techo se encuentra a 15 m de profundidad en la
localidad de Ibicuy, mientras su base alcanza una profundidad promedio de 65 m
b.b.p. (entre 17 y 112 m b.b.p.) y muestra espesores variables de entre 7,6 y 93,7
m. El acuífero Ituzaingó tiene caudales que varían entre 100 y 500 m3 /h y valores
de transmisividad de 2500 m2 /d, acompañados por una alta permeabilidad, del
orden de 60 m/d.
El agua subterránea / acuífero de la zona se denomina “Delta aluvial
Formación Isla Talavera, con base holocenica donde, cualquier habitante de la
zona sabe que la mayoría del agua que lo compone es salobre, lo sabe porque hay
que ir a mucha profundidad para conseguir agua dulce / Potable – 50 mts. o más
de profundidad, para saber lo que se expone no hay que recurrir a ningún científico
de la NASA cualquier baqueano de la zona lo puede informar.
.- En el Estudio de Impacto Ambiental de la planta de lavado “El
Mangrullo de YPF S.A”. así lo describe:
Según Folio N°25 Y 28 (que se acompañan en PDF), Expediente
Secretaría de Ambiente, N°2.230.890, cantera “El Mangrullo” de YPF S.A., que, a
él me remito, informa el nombre del agua subterránea que utilizan y extraen para el
lavado de arena, donde se informa que es:
“Formación Isla Talavera: En su mayor parte se constituye por
depósitos de una ingresión holocénica (1), sedimentados sobre una unidad fluvial
más vieja. Durante la fase regresiva posterior las corrientes marinas tuvieron un
movimiento dextrógiro, dispersando los sedimentos aportados por el Río Paraná en
el actual margen entrerriano del golfo (Irondo, 1978)”. (sic)
Gran contradicción porque si la empresa dice que va a extraer de un
lugar determinándolo taxativamente, y el Estudio impugnado habla de otro da por
tierra al informe objeto de autos y, si no es suficiente el EsIA de la arenera “El
Mangrullo de YPF S.A.” el informe de La Dirección de Hidráulica lo complementa y,
mediante amparo el Superior Tribunal de Justicia de la provincia ordena el estudio
hidrogeológico del “Delta Aluvial Formación Isla Talavera”, es inentendible e
injustificable como se puede haber caído en semejante error.
En causa judicial se ordena el estudio hidrogeológico del Delta Aluvial
Formación Isla Talavera:
«COOPERATIVA DE AGUA POTABLE Y OTROS SERVICIOS
PUBLICOS DE IBICUY C/ CORUFA – GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE ENTRE
RIOS S/ ACCION DE AMPARO», (Expediente Nº 14070). Gualeguaychú,
septiembre 7 de 2022.- VISTOS: Estos autos caratulados: «COOPERATIVA DE
AGUA POTABLE Y OTROS SERVICIOS PUBLICOS DE IBICUY C/ CORUFA –
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS S/ ACCION DE AMPARO»,
(Expediente Nº 14070), traídos a despacho para dictar sentencia, y; (…)
FALLO: I.- HACIENDO LUGAR PARCIALMENTE A LA ACCION DE AMPARO, y
ORDENANDO que en el plazo de ciento ochenta (180) días corridos desde que
quede firme la presente, el Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, realice,
a través de sus Organismos competentes, los estudios hidrogeológicos a fin de
conocer acabadamente las características, condiciones , calidad del agua
subterránea y dimensión del acuífero «Delta Aluvial Formación Isla Talavera»,
conforme razones expuestas en Considerando respectivo. (El resaltado me
pertenece)………
……………….
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