LA INSENSATEZ EXTREMA DE LA JUSTICIA(IN) ENTRERRIANA

La Justicia(in) de Entre Ríos está atravesada por los intereses de la clase política que la ha intervenido en forma brutal en los últimos años y ha dejado de ser respetada por los habitante de la provincia.

No tienen verguenza ni valores, ponen todo el poder a su alcance al servicio de las corporaciones que atentan contra el interés general en detrimento de la vida y la nauraleza provincial

Sin ir más lejos y solo a modo de ejemplo, lo que ocurrió con el Fallo de Amarras, en el que el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, primero humilló con necedad y soberbia el reclamo de Gualeguaychú encarnado en la causa que motoriza Julio Majul, para luego quedar en ridículo y meter la cola entre las piernas cuando fue puesta en evidencia en su impericia, falta de criterio moral y también jurídico nada menos que por la Suprema Corte de Justicia de la Nación que la obligó a revertir un fallo que atentaba contra los más básicos derechos constitucionales de los ciudadanos, consagrados por nuestra Carta Magna.

Los miembros del Superior Tribunal de Justicia (SIC) de Entre Ríos han demostrando una escandalosa falta de dignidad y no tuvieron problema en borrar con el codo lo que habían dicho unas semanas antes, y sin que se les cayera una pestaña, decir exactamente todo lo contrario, a vuelta de página.

O lo que se ha dado a conocer en estos días: los absurdos sueldos que se auto-asignan a si mismos (valga la redundancia) los jueces y el resto de la patota judicial

RESULTA QUE LOS QUE TIENEN QUE GARANTIZAR LA IGUALDAD DE LOS CIUDADANOS ANTE LA LEY, HACEN CON SU PODER Y PREBENDAS EXACTAMENTE LO CONTRARIO, ASIGNADOSE RETRIBUCIONES ABSURDAMENTE ALTAS A COSTA DEL RESTO DE LOS ENTRERRIANOS DE TAL MODO QUE UN MODESTO FUNCIONARIO JUDICIAL GANA POR MES EL EQUIVALENTE A LO QUE RECIBE UN JUBILADO EN UN AÑO Y MEDIO. Y UN JUEZ, POR LO MENOS EL DOBLE

Y TODAVÍA (REPETIMOS: LOS QUE TIENEN QUE GARANTIZAR QUE TODOS LOS CIUDADANOS SOMOS IGUALES ANTE LA LEY) SE EXONERAN A SI MISMOS DE UNA OBLIGACIÓN FISCAL QUE TIENEN EL RESTO DE LOS ARGENTINOS: PAGAR IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Y como si esto fuera poco, ahora, con el tema del envenenamiento de las personas que viven o asisten a los establecimientos educativos cercanos a las plantaciones donde se practica la agricultura industrial en base a tóxicos y venenos, actúan de la misma manera:

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) declaró de forma unánime que el Decreto 2.239/19 del gobernador Gustavo Bordet es válido y de ese modo habilitó las fumigaciones aéreas y terrestres a distancias menores a las que había dispuesto en su momento la propia Justicia

En el marco de la causa “Foro Ecologista de Paraná (3) y otro C/Superior Gobierno de Entre Ríos S/Acción de Amparo» los integrantes del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJER), Susana Medina, Germán Carlomagno, Bernardo Salduna, Martín Carbonell y Juan Smaldone, resolvieron ayer (por unanimidad) establecer que no existe nulidad y rechazar parcialmente la apelación interpuesta por el Estado Provincial; también resolvieron confirmar la sentencia de grado en cuanto dispuso la declaración de nulidad por inconstitucionalidad e ilegalidad del art. 2 del Decreto N.º 2239/19 GOB en relación al inicio de la distancia de la “Zona de Exclusión”, la que, en consecuencia, deberá medirse a partir de la “barrera vegetal”, que deberá estar a 150 metros del establecimiento educativo.

EL CONFLICTO SE AGRAVARÁ HASTA NIVELES QUE PUEDEN QUEDAR FUERA DE CONTROL Y LOS RESPONSABLES SERÁN, ABSURDAMENTE, LOS QUE TIENEN LA POSIBILIDAD Y OBLIGACIÓN DE EVITARLO

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