SANTA FE: MALAS NOTICIAS PARA LOS QUE NOS ENVENENAN CON LAS FUMIGACIONES

Un fallo histórico restringe a 1.000 metros la fumigación de agroquímcos en Sastre

Es la primera vez que una medida judicial, en el marco de un amparo ambiental, protege a toda una población en la provincia de Santa Fe.

FUENTE; lacapital.com.ar


En un fallo considerado histórico el juez en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 1 de Rafaela, Duilio Hail, resolvió en primera instancia alejar la aspersión terrestre de todo tipo de agroquímicos a mil metros de la planta urbana de la ciudad de Sastre y Ortiz, en el departamento San Martín. La disposición fue aplicada en el marco de un recurso de amparo presentado el 29 de noviembre de 2018 en los Tribunales de San Jorge, tras un reclamo de la familia de Zoe Giraudo, una niña de dos años que está en tratamiento oncológico y a partir de esa fecha vive en una casa expuesta a las fumigaciones.

La actuación fue comunicada este miércoles a las partes del juicio ambiental colectivo contra la Municipalidad, que incluye a otros 40 vecinos como demandantes y se transformó en la primera acción judicial en la provincia que impone esa distancia para las aplicaciones terrestres para proteger a toda una población. La medida prohíbe la aplicación de todo tipo de agroquímicos y a la Municipalidad que se imponga del conocimiento científico, judicial y legislativo y proceda en consecuencia.

El objeto del reclamo judicial, promueve una acción de amparo ambiental colectiva para resguardar la salud de los habitantes de la ciudad en virtud de la cercanía de la actividad agraria y la consecuente aspersión de agroquímicos.

El fallo satisface el reclamo inicial de la familia Giraudo, de la agrupación de vecinos autoconvocados Unión Ciudadana por la Vida y el Ambiente y otros habitantes que se presentaron como demandantes. En el pedido se solicitó que la Justicia disponga una exclusión de mil metros para las fumigaciones terrestres y de 1.500 para las aéreas, pero estas últimas en 2019 fueron contempladas en una ordenanza sancionada por el Concejo que las alejó a tres mil metros.

En el fallo, el juez Hail rebatió las acciones judiciales presentadas por la Municipalidad, los productores y el gobierno provincial que, en todo momento, argumentaron a favor de continuar con las aplicaciones en cercanías del ejido urbano pese a los reclamos de los vecinos.

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