CARTA ABIERTA A JUAN JOSE BAHILLO Y SU ‘INSOSTENIBLE’ DOBLE ESTANDAR DE REZAR SIMULTANEAMENTE A DIOS Y AL DIABLO

CARTA ABIERTA

Al Señor Secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, Juan José Bahillo, Ex Ministro de la producción, Turismo y Desarrollo Económico de Entre Ríos, Juan José Bahillo.

(título e ilustración de Fundavida)

Respetuosamente a usted le digo.

“Dime de lo que alardeas y te diré de lo que careces”.

Leyendo con asombro el artículo en Análisisdigital:  www.analisisdigital.com.ar/nacionales/2022/09/24/bahillo-tenemos-modelos-de-produccion-sostenibles-con-el-cambio-climatico.

“Así, Bahillo hizo referencia a la declaración conjunta realizada hace dos semanas por el Consejo Agropecuario del Sur (CAS), integrado por Argentina, Uruguay, Paraguay, Brasil y Chile, para presentar en la conferencia sobre cambio climático COP 27 de la ONU que se realizará en noviembre en Egipto. (…)El funcionario nacional, quien considera esta temática como uno de los principales puntos de la agenda, sostuvo que en el CAS “entendemos que la región es muy importante en la producción de alimentos para el mundo, y es un modelo de producción sostenible y que tienen en cuenta el plano ambiental, económico y social”. En una entrevista con Télam, remarcó que “atrás de la sana preocupación que genera lo ambiental y el cambio climático, que ya lo estamos padeciendo, quienes fueron las regiones más responsables en los efectos perjudiciales de cambio climático hoy nos quieren imponer barreras para-arancelarias a quienes no fuimos culpables de ese cambio climático”.

Se dice que a las personas hay que juzgarlas por los hechos y no por lo que dicen, entonces vamos a los hechos:

Cuando el Señor Juan José Bahillo era “Súper Ministro” en Entre Ríos tenía a su cargo entre otras áreas a La Secretaría de Ambiente, y según lo establece la Ley de Agua Provincial Nº9172 es el presidente del CORUFA (Consejo regulador de Fuentes de Agua Superficial y Subterráneas. La mentada ley dice en su art. Nº1:”La presente ley tiene por objeto la regulación del uso y aprovechamiento del recurso natural constituido por las aguas subterráneas y superficiales con fines económico productivos en todo el territorio de la Provincia.” El Secretario de Estado de la Producción presidirá el CO.R.U.F.A., cuando Usted fue Ministro de La Producción presidía el CORUFA.

AHORA LOS HECHOS.

a.- En octubre de 2019 como apoderado de la Cooperativa de Agua de Ibicuy un área a su cargo Secretaría de Ambiente  me NEGO Información Pública, teniendo que recurrir a la justicia para que le ordenen que la dé, y en 18/01/2020 un fallo del Superior Tribunal de la Provincia confirmó la sentencia de 1º instancia, donde le ordenó hacerlo: Expte 1214/20 “Cooperativa de Agua Potable y otros servicios públicos de Ibicuy LTDA c. Gobierno de la Provincia de Entre Ríos -Secretaría de Ambiente- s. AMPARO”.

b.- En: «RICARDO JOSE LUCIANO C/ SR.GOBERNADOR GUSTAVO EDUARDO BORDET -en su carácter de titular del poder ejecutivo de la provincia de Entre Ríos-S/ ACCION DE AMPARO (ACCIÓN DE EJECUCIÓN DE INCIDENCIA COLECTIVA)» Expte. N° 1598/SL. Tuve que solicitarle a un Juez que le ordene al Sr. Gobernador para que le ordene a usted, para que a su vez le ordene a La Secretaría de Ambiente (Bajo su responsabilidad) a que cumplan entre otros con el DC. Nº4977/09 E.R., y la Ley General de Ambiente Nº25.675.- Obteniendo sentencia favorable Dr. Alberto Adrían Welp (hoy fallecido), confirmada sentencia en el Superior en fecha  05/05/2022.

c.- En el Juzgado Federal de Gualeguaychú denuncie daño ambiental en los Humedales del Sur de la provincia, producidos por el accionar de algunas areneras, que después se comprobó tenían su permisos vencidos, ergo trabajaban de forma clandestina, actué Patrocinando a Carlos Humberto Cadoppi: FPA 003721/2022 – CADOPPI, CARLOS HUMBERTO c/ PROVINCIA DE ENTRE RIOS s/AMPARO AMBIENTAL. Sentencia favorable  06/05/2022.

d.- En fecha 26/04/2022 como apoderado de la Cooperativa de Agua de Ibicuy, solicité al CORUFA para que me informen si tenían estudios hidrogeológicos del “Delata Aluvial – Formación Isla Talavera”, que es el nombre del agua subterránea que se provee a diario la Cooperativa para luego de potabilizarla impulsarla a la red de la ciudad de Ibicuy, y además solicite que me informen con qué criterio otorgaban los permisos de uso de agua subterránea y superficial a las areneras de la zona, 4 actualmente autorizadaS, y dos permisos otorgados en diciembre 2021, y una más en el corriente año.

IRRESPONSABLEMENTE me responde el CORUFA que ellos NO SON el organismo de aplicación de la Ley 91272, y que no tienen estudios hidrogeológicos del agua subterránea de la zona, que eso es un tema de Hidráulica, NO ES ASÍ ¡!! La ley de Aguas Provincial Nº9172 establece que: CAPITULO XIX AUTORIDAD de APLICACIÓN ARTÍCULO 84º Créase el Consejo Regulador del Uso de Fuentes de Agua (CO.R.U.F.A.) El cual actúa como Autoridad d Aplicación de la presente Ley. ARTÍCULO 85º El CO.R.U.F.A., estará integrado por un representante de la secretaría de Estado de la Producción (…)El Secretario de Estado de la Producción presidirá el CO.R.U.F.A. Ergo Usted.

Atento a la INEXPLICABLE y reitero IRRESPONSABLE respuesta recibida tuve nuevamente que acudir a la justicia para que un área de su responsabilidad cumpla con la ley, donde solicite que se realicen los estudios Hidrogeológicos del agua subterránea, lo que hoy sucede en el agua que se saca en crudo por parte de la Cooperativa de Ibicuy en los últimos 10 meses el Hierro se ha duplicado por 15 veces, pasando de un histórico 0,05- 0,10 mg. por litro, a  0,45 mg. diciembre 2021, y a 0,75 en junio 2022, y otro tanto también ha aumentado el Manganeso, obteniendo sentencia favorable en 1º instancia el 07/09/2022, para que se realicen esos estudios, hoy en el Superior Tribunal de Justicia de la provincia apelado por Fiscalía de Estado: Autos: «COOPERATIVA DE AGUA POTABLE Y OTROS SERVICIOS PUBLICOS DE IBICUY C/ CORUFA – GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS S/ ACCION DE AMPARO», (Expediente Nº 14070). Juzgado Civil y Comercial Nº2 Gualeguaychú, a cargo de la Sra. Jueza Susana M. G. REARDEN Jueza suplente (a cargo del Despacho), Secretaría a cargo del Dr. Susana M. G. REARDEN Jueza suplente (a cargo del Despacho)

Si no fuera tan trágico el tema digo que como “Nota de Color”: En el Amparo que presente por incumplimientos legales de la Secretaría de Ambiente a su cargo para entonces, y en el Juzgado Federal de Gualeguaychú, se clausuraron 9 areneras y 4 plantas de lavado de arena, donde la Sra. Secretaria de Ambiente Lic. María Daniela García sin ponerse colorada dijo en varios medios “Que ella sabía que había areneras trabajando de forma clandestina, y que no tenía personal para controlarlas, y que nada podía hacer”, como le he dicho en otras publicaciones lo que dice la licenciada María Daniela García  es FALSO el Decreto Nº4977/09 la habilita a contratar consultores externos cuando el personal de la Secretaría no lo disponga, o no está al tanto de la normativa o no le importo el tema.

Y, como frutilla del postre usted y el Sr. Fiscal de Estado Rodríguez Signes SABÍAN del problema del agua que tenía la Cooperativa de Ibicuy, en audiencia realizada el 29 de abril en el despacho del Sr. Juez Federal Hernán S. Viri, estaban presentes además, su Secretario Civil Dr. Grego; la Sra. Fiscal Federal Dra. Minata, y su Secretario Dr. Nicolás Riolfo; usted, y el Sr. Fiscal de Estado Dr. Rodríguez Signes; el Ing. Carlos Humberto Cadoppi y el que suscribe, al finalizar esa audiencia con todos presentes le informe del tema que estábamos teniendo con el agua en La Cooperativa de Ibicuy, reitero ante todos los presentes.

Que recibí de respuesta la gran Delfín  “NADA – NADA – NADA”

Es evidente que los funcionarios políticos no se buscan por su eficiencia, capacidad de gestión y/ o formación, a la luz de los hechos se buscan por ser fieles al Jefe político de turno.

Ricardo José Luciano.

D.N.I. Nª13.815.662

Abogado.

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