Literalmente de acuerdo al diccionario de la lengua, Escatología es una parte de la teología que se encarga de estudiar al ser humano y al universo antes y después de la extinción de la vida en la tierra o la vida de ultratumba. La decisión del «máximo organismo de Justicia» de la provincia de Entre Ríos respecto a las fumigaciones con agrotóxicos en proximidades de las escuelas rurales reviste esta jerarquía porque estamos hablando de situaciones en las que se pone en juego la vida y la naturaleza en el planeta que compartimos.
El sinuoso recorrido diseñado por los estrategas ideológicos de esta gesta, Bordet y Rodriguez Signes, transformados en tenebrosas versiones postmodernas de Quijote y Sancho Panza del averno, finalmente resultó en un dictamen que indudablemente esta destinado a ser referencia obligada los manuales de jurisprudencia de todas las facultades de Derecho que intenten dilucidar formas de legislar para consagrar los privilegios de las minorías que avasallan los derechos de las mayorías, en su propio beneficio.
PARA PODER FUMIGAR IMPUNEMENTE A LOS NIÑOS CAMBIARON HASTA LA LEY DE PROCEDIMIENTOS
Visto que siguiendo los carriles previstos en los procedimientos judiciales las decisiones que iban adoptando los distintos tribunales, se ajustaban a la lógica, el sentido común y la jurisprudencia, el gobierno cambió la Ley de Procedimientos Constitucionales de la noche a la mañana, en un tratamiento súper rápido y con la complicidad de ambas Cámaras de la Legislatura, para que la decisión cayera en manos de «gente amiga» que es lo que finalmente ocurrió
Armada esta estrategia criminal, el gobierno emitió un nuevo decreto. Y nuevamente se presentó un amparo para que se anule la resolución del camarista Virgilio Galanti que ponía límtes a la difusión criminal de estas substancias químicas que enferman y matan.
Susana Medina, Germán Carlomagno, Bernardo Salduna, Martín Carbonell y Juan Smaldone, los integrantes del STJ, recibieron entonces el expediente y con una absurda resolución habilitaron el envenenamiento de maestros, gurises y pobladores próximos a escuelas rurales via las fumigaciones con los agrotóxicos habitualmente utilizados en la agricultura industrial.
La resolución del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (SIC) es patética, por muchas razones y además absurdamente incumplible, porque para maquillarla de ‘sensata’ establece que se deberán medir las distancias de las agresiones desde las barreras vegetales (sic).
¿BARRERAS VEGETALES? ¿LO QUE?
Por supuesto que en la resolución no se define nada acerca de éstas, como deben ser, que altura deben tener, que densidad, que especies vegetales se deben usar, a que distancia de los establecimientos deben estar y todas las preguntas que Ud. quiera agregar, o sea que las ‘barreras vegetales’ de las que habla son en realidad un grosero subterfugio literario utilizado por estos individuos, repetimos sus nombres, Susana Medina, Germán Carlomagno, Bernardo Salduna, Martín Carbonell y Juan Smaldone puestos en ese organismo por los dirigentes políticos, no para garantizar que la justicia reine en la provincia, sino para que reinen los privilegios de las minorías que controlan el poder político y a posteriori garanticen la impunidad de los mismos políticos corruptos que los ponen en esos cargos a tal fin.
La historia recien empieza y que seguramente se terminará dilucidando en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que hace pocos días humilló y puso en ridículo al STJER, con la resolución final del caso Amarras.