ENVIADO POR EL Prof. HORACIO MELO -Ex Delegado Argentino ante CARU
UN DIGESTO A LA MEDIDA DE UPM EX BOTNIA
Todo es parte de un proceso que pretende legitimar a los emprendimientos celulósicos.
Hace un par de años se aceptó la publicación de los resultados de los parámetros del efluente de UPM, sin conclusión del Comité Científico de la CARU. Además estos resultados no fueron constrastados con los parámetros del Digesto sobre el Uso y aprovechamiento del Río Uruguay. De más está decir que luego de los Acuerdos Presidenciales y los Intercambios de Notas Revérsales, donde se establecía el control de la Industria celulósica dentro de la planta y en área de influencia de la misma en los efluentes líquidos, gaseosos, sedimentos y diversidad biológica, solo se han realizado controles y análisis de calidad de los efluentes líquidos de la industria.
No conforme con este primer intento,” se vuelve a la carga” con algo mucho más ambicioso que gustosamente acordaron las Delegaciones, la modificación del Digesto Sobre el uso y aprovechamiento del Río Uruguay.
Así es como hace unos pocos días y faltando 5 días para el cambio de gobierno, el cinco de diciembre de 2019, las dos Delegaciones acuerdan la modificación del Digesto, nada más y nada menos que en capítulo ahora Libro cuarto que tiene que ver con la contaminación de las aguas.
Es mediante la Resolución |N° 28/19, que además comete un deliberado error en su Considerando II) en la que establece que, teniendo en cuenta las conclusiones del Comité Científico, se modifica el Digesto. NO EXISTIENDO CONCLUSIÓN DEL MENCIONADO COMITÉ.
Es sobre ese tema que hago las siguientes observaciones e interrogantes:
¿Es posible publicar en el sitio web de la institución la modificación sin que se publique en los boletines oficiales de ambos Estados?
En las definiciones. J) Efluentes; cualquier evacuación líquida que sale de un sistema antrópico…………
Adoptante esta definición se deja de lado a los efluentes aéreos que accedan al Río Uruguay, como en el caso de UPM.
Z) Sostenible- ¿Sostenible, es lo mismo que sustentable? Si bien es una discusión de los años 90, las palabras provienen de la palabra sostener y sustento que no significan lo mismo. Si bien, se usan como sinónimos un Documento Internacional, debería usar las palabras adecuadas.
X) Río ¿Las riberas de los ríos son líneas o franjas? Si aceptamos que la ribera es una línea se está quitando competencia a la CARU. El valle de inundación de un río, también debe ser considerado como tal.
bb) Tributarios ambientes lóticos que desembocan en el río Uruguay…………. Tributarios: ¿Son solamente los ambientes lóticos ¿ ¿ Y los ambientes lénticos , donde cumplen parte de su desarrollo gran parte de nuestra ictiofauna, no son tributarios?
Artículo 7 a la CARU le compete……….
K) Solicitar a las partes que efectúen las gestiones necesarias para procurar el cumplimiento de las normas internacionales aplicables, cundo una fuente de contaminación se sitúe aguas arriba del Río Uruguay.
El Río Uruguay, es parte de la Cuenca del Río de la Plata. Muchas especies de peces, realizan migraciones en la misma cuenca. El punto K) también debería incluir a las fuentes de contaminación que se sitúen aguas abajo del Uruguay.
El artículo 13 del Estatuto del Río Uruguay , brilla por su ausencia.
¿Qué criterio científico se utilizó para elevar el parámetro de fósforo hasta 100 microgramos?
En la Norma Oriental es hasta 0.25 microgramos. Permitiendo 100 microgramos, UPM dejará de contaminar el Río.
El parámetro endosulfán , no debería estar normado , está prohibida su utilización y comercialización desde el año 2013.
En cuanto a los coliformes totales adoptan los valores de 5000, constituyendo una regresión en cuanto a lo que se aceptaba en el Digesto anterior.
La CARU y la Delegación argentina, están por hacer cometer un ilícito, si la Republica Argentina publica este documento en el Boletín Oficial.
El nuevo Digesto, no debe vulnerar al Tratado de Límites ni al Estatuto del Río Uruguay.
Prof. Horacio Melo ex delegado caru.