EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE ENTRE RÍOS, RATIFICÓ LA SENTENCIA SOBRE EL FUNCIONAMIENTO DEL ‘ECOPARQUE’ DE GUALEGUAYCHÚ

El Superior Tribunal de Justicia de nuestra provincia (STJER) resolvió confirmar la sentencia de primer grado que ordenó a la Municipalidad de Gualeguaychú cumplir con una serie de medidas en resguardo del medioambiente en el arroyo “El Cura”. 

Los vocales Miguel Ángel Giorgio, Leonardo Portela y Jorge Pirovani, avalaron la sentencia dictada el 13 de pasado por el juez a cargo de la Oficina de Gestión de Audiencia de nuestra ciudad, Mauricio Derudi, en la que hizo lugar a la acción de amparo ambiental promovida por Julieta Carrazza, Horacio Darío Carrazza y Leonardo Chesini.

Así, el máximo organismo de justicia de la provincia rechazó la apelación planteada por la Comuna a través de su asesor legal Martín Britos.

Los amparistas acudieron por derecho propio y en representación de los derechos del Arroyo “El Cura” como bien comunitario, contra la comuna del sur entrerriano. 

De esta manera, se deberá cumplir con las requisitorias cursadas por la Secretaría de Ambiente de la provincia, tanto las ya efectuadas como las que se realicen en lo sucesivo, de manera de lograr la renovación del Certificado de Aptitud Ambiental del Ecoparque Gualeguaychú en un lapso no mayor a los 180 días. 

Asimismo, se deberá efectuar una propuesta de tratamiento de líquidos lixiviados que se deberá elevar a la Secretaría de mención para su aprobación; impermeabilizar el talud de protección y contención de lixiviados; efectuar una limpieza permanente del material sólido depositado en el canal de recogida de líquidos lixiviados; no operar los días de lluvia el relleno con maquinaria pesada en el sector de los canales y delimitar de forma clara el área de re bombeo y extracción del líquido lixiviado, incorporando una regla que indique el nivel existente para obrar de manera oportuna; entre otras medidas.  

Comentá desde Facebook

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *