EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ASOCIACION ARGENTINA DE ABOGADOS AMBIENTALISTAS

Mariano J. Aguilar, Director Ejecutivo de la  AAdeAA nos envía con pedido de publicación:

La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, en los autos “Fundacion Ecosur c/ Municipalidad de Vicente López y otros s/ amparo”(69.906/08), donde la actora es patrocinada por la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas, en el fallo de fecha 28-12-10, rechazó los recursos de inaplicabilidad de ley y extraordinarios, interpuestos por la Fiscalía de Estado de la Provincia de Buenos Aires y por la firma Diacrom S.A., dejando firme el fallo de la Cámara Contencioso Administrativo de San Martín, que condena a ambos como responsables de recomponer la contaminación de cromo que afecta la red de agua de cinco distritos a saber: Vicente López, San Isidro, San Fernando, Tigre y San Martín generada por la empresa Diacrom desde hace mas de 50 años.-

El fallo confirmado ordena: i) La Provincia de Buenos Aires deberá elaborar un programada pautado de recomposición ambiental que cuente con metas definidas, precisión técnica y la fijación de índices objetivos –conforme parámetros internacionales de medición-, que permitan  la  evaluación en el control periódico de los resultados; comprende el análisis del agua subterránea de la napa freática, de los acuíferos y del suelo; ii) establecer que los costos del programa como del proceso de resanación son a cargo de Diacrom; iii) recomendar al Estado Provincial que para el caso que Diacrom no cumpla, inicie las acciones administrativas y judiciales que correspondan contra Diacrom S.A  y/o contra sus directivos responsables a los efectos del cobro de la indemnización sustitutiva (arts. 27,28 Ley 25.675); iv) exhortar al Estado Provincial que efectúe una auditoria  sobre las empresas de la zona que utilicen cromo; v) ordenar al Estado Provincial que implemente un sistema de información pública en general –via Internet- en base al principio de publicidad de los actos de gobierno y el derecho fundamental de acceso a la información y participación ciudadana, que deberá contener en forma clara y accesible los datos suficientes sobre el estado actual de la contaminación, lo concerniente al plan de resanación, cumplimiento de metas, conforme el cronograma.- Deberán asimismo en forma conjunta la Provincia y Municipio implementar un sistema de información a la región afectada que posibilite el acceso a quines no tengan disponible medios digitalizados; vi) disponer que intervengan en las distintas etapas en forma coordinada la Dirección Provincial de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable y la Autoridad del Agua; vii) que la empresa Diacrom cese en forma inmediata en la utilización del cromo en el proceso de galvanoplastía; viii) intimó a la Municipalidad de Vicente López en concurrencia con la Provincia, a controlar las condiciones de salubridad de la zona, el cumplimiento de la prohibición del vertido de efluentes y gases contaminantes a la atmósfera, así como coordinar un sistema de información pública sobre el estado actual de contaminación en las etapas de saneamiento ambiental.-

Mariano J. Aguilar

Abogado

Director Ejecutivo AAdeAA

Comentá desde Facebook

2 Comentarios

  1. hola tengo un lote en el partido de presidente peron,donde planeaba construir mi casa,la empresa claro esta montando una antena de fibra optica de 80 metros,fue clausurada por la municipilidad porque no tenia habilitacion,pero mi temor es que continuen luego de arreglar la habilitacion ,la instalacion de la antena,con las consecuencias negativas que tendria en la salud de los vecinos circundantes,queria saber quien puede asesorarme en el tema,saludos ,gracias.

  2. Como hacer para que empresas en el partido de Fcio Varela que han contaminado suelo y agua por mas de 40 años limpien y paguen los daños?

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *