UNA JUEZA URUGUAYA SALE A DEFENDER UN TRABAJADOR «QUEMADO» POR AGROTÓXICOS.

NUEVA AUDIENCIA CON NUEVA JUEZA

Este martes 11 de diciembre a las 09:30 en la sede judicial de 25 de mayo 523, Montevideo, tendrá lugar una nueva audiencia del caso Julio de los Santos, un trabajador de Arrozal 33 que reclama indemnización por los graves problemas de salud que padece y según dictamen médico, se relacionan con el uso de agrotóxicos.

FUENTE:facebook de Aníbal Terán Castromán

 

El departamento médico del BSE recomendó la jubilación de este trabajador con apenas 44 años de edad, afectado de fibrosis y micosis pulmonar. A partir de ese cuadro original, su condición se siguió deteriorando con otras patologías que serían consecuencia de sus dificultades para respirar y las frecuentes descompensaciones. Actualmente Julio de los Santos está cobrando una pre-jubilación que no llega a los $12.000 por mes y reside con su familia en una casa alquilada por el estado en Ciudad del Plata, departamento de San José, atendiendo la recomendación médica de mudarse de Arrozal 33 para no agravar su estado de salud.

Enterada del caso De Los Santos, la INDDHH actuó de oficio en diciembre de 2017 realizando un pormenorizado estudio a lo largo de seis meses sobre las condiciones de trabajo en las arroceras de esta zona del país. El informe publicado en julio de este año, consta de 51 puntos desarrollados en doce carillas. Aporta datos muy significativos. Una de las afirmaciones más categóricas expresa:

“Los trabajadores no tienen capacitación suficiente para el manejo adecuado de plaguicidas y conocimiento de todos los riesgos a los que se ven enfrentados.”

Respecto a las denuncias de casos concretos dice:

“La INDHH ha tomado conocimiento de las dificultades que presentan las personas al realizar denuncias sobre estas situaciones. Estas dificultades refieren a las carencias en calidad y cantidad de información que pueden recibir sobre el tema. Asimismo las dificultades refieren a los diferentes organismos a los que las personas deben concurrir, en muchos casos sin que sean lo suficientemente claras las competencias de cada uno. En tercer lugar se señalan las presiones o tensiones que se dan al realizar denuncias que pueden perjudicar su lugar de trabajo o las relaciones de convivencia social en la zona”.

No menos grave es lo que dice la INDDHH referente a la falta de colaboración de otros organismos públicos:

“El Consejo Directivo considera que se verificó la hipótesis de incumplimiento establecida por el artículo 23 de la Ley 18.446 (Negativa de colaboración) por parte de la Intendencia Departamental de Treinta y Tres, al no responder al Oficio 1748/2017 sobre medidas provisionales urgentes” “El consejo Directivo también considera que se verificó el incumplimiento del artículo 23 de la norma citada (Negativa de colaboración) por parte del MGAP y del MVOTMA, al no dar respuestas al Oficio 1792/2018 sobre solicitud de informes.”

La última audiencia del caso De Los Santos se cumplió el 31 de octubre, destacándose el testimonio del Neurólogo, Médico Interno y Laboratorista Clínico Dr Carlos Luis Oehninger Gatti, quien dijo no tener dudas de que el trabajador “es portador de una enfermedad profesional respiratoria, neumonitis de hipersensibilidad por exposición a agrotóxicos químicos, por lo que padece de insuficiencia respiratoria severa.”

Los abogados de la parte demandada trataron de debilitar la afirmación del catedrático, exhibiendo documentación de algunas consultas médicas por crisis respiratorias de Julio de los Santos antes de ingresar a Arrozal 33, intentando con ello plantear la hipótesis de que la enfermedad no fuera resultado del contacto con agrotóxicos, sino de otros factores que obraban con anterioridad. El Dr Oehninger explicó que las consultas médicas a las que aludían los abogados tuvieron que ver con estados gripales de los que son muy comunes en la población en general y de ninguna manera podrían vincularse con la gravedad del cuadro que hoy presente su paciente, sobre el que abundó minuciosamente.

Pocas horas después de esta instancia en la que claramente la balanza se inclinó a favor del demandante, renunció al caso la Jueza María del Rosario Berro, quien había sido recusada por los abogados de De Los Santos, por algunas actitudes que reflejaron parcialidad, incluyendo declaraciones públicas que mostraron su predisposición muy favorable a la empresa demandada. Ahora el caso está en manos de la Dra Marta Elena Salaberry, titular del juzgado laboral de séptimo turno.

Se espera que la actitud de la nueva magistrada dé garantías de imparcialidad y que a diferencia de la Jueza Berro, permita el ingreso de la prensa y del representante del INDDHH Dr Antonio Rammauro, a quien no se le permitió presenciar la audiencia del pasado 31 de octubre.

La resolución del caso Julio de los Santos es esperada con sumo interés no solo por su familia y allegados, sino por muchos trabajadores agrícolas preocupados por el riesgo a que se exponen manejando sustancias peligrosas que cada vez se usan con más frecuencia en nuestro país.

 

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