OTRO FALLO CONTRA LOS TERRAPLENES EN HUMEDALES DE ENTRE RÍOS

Victoria: La Justicia pone fin a una obra que deformaba el curso del río

El fallo surge en un momento que varios municipios se han dispuesto a legislar sobre el ambiente de manera más acabada, por caso impulsando y aprobando ordenanzas referidas al uso de glifosato en zonas de ejido.
FUENTE: página judicial, publicado en 2820.com.ar
TERRAPLENES EN LAS ISLAS ENTRERRIANAS OBSTRUYEN EL PASO DE LAS AGUAS. LA REGION. REDACCION LC (VICTORIA - Argentina - Tags: Región)

Un fallo judicial de la Cámara en lo Contencioso Administrativo N°1, resolvió que la empresa Bema Agri B.V. dé marcha atrás a una obra iniciada en 2008 en la zona de islas del departamento Victoria, que implicó grandes movimientos de tierra y construcción de galpones para la formación de un terraplén e implicaba una millonaria inversión.

El Director de Obras y Servicios Públicos victoriense ordenó, en su momento, paralizar total e inmediatamente las tareas que impliquen movimiento de suelos en la isla Irupé de Victoria y reintegrar las tierras removidas a sus niveles naturales, argumentando que el inmueble se ubica en zona natural protegida.

La empresa agropecuaria, propietaria de la isla Irupé, había demandado a las administraciones provincial y municipal por el impedimento de llevar a cabo un emprendimiento de explotación que requería de obras de terraplén de contención de 19 kilómetros de extensión para manejar los excesos hídricos superficiales y subterráneos en una superficie de 560 hectáreas. Las obras, obviamente, mejoraban las condiciones del suelo hasta alcanzar su máximo potencial productivo.

Lo cierto es que la Dirección de Obras y Servicios Públicos del municipio y luego la Provincia, ordenaron paralizar las obras y reintegrar la tierra removida a sus niveles naturales por entender que se estaban ocasionando problemas ambientales, entre ellos deformando el curso del río. El conflicto data del 2015.

Los camaristas Gisela Schumacher, Marcelo Baridón y Hugo González rechazaron la demanda de la empresa en un contundente fallo en el que deja hilo para cortar de ahora en adelante y, más aún, en un escenario en el que se pretende avanzar en legislar en pos del ambiente.

Los municipios, con competencia para legislar sobre ambiente

El fallo determinó que los municipios entrerrianos tienen competencia para legislar en materia de medio ambiente. “Si bien es cierto que el concepto ‘ambiente’ constituye un bien jurídico que genera responsabilidades estatales que no son exclusivas de la Municipalidad, sino que las comparte junto a otras autoridades (Nación y Provincia), tienen que ‘proveer a su protección’ como deber legal de legislar y actuar en forma ‘congruente’”, dice la sentencia.

El primer dato que surge de la sentencia del 22 de mayo pasado es que se determinó que un municipio es competente para reglamentar el derecho de propiedad mediante restricciones limitativas del derecho de dominio.

La empresa impugnó administrativamente las resoluciones y acudió a la Justicia. Planteó la inconstitucionalidad de las ordenanzas por las cuales el gobierno municipal había legislado sobre el ejido. Mientras tanto, la firma continuó con las obras hasta su terminación desoyendo la orden de la Provincia que, como policía ambiental, solicitó la marcha atrás del emprendimiento. Esto mereció también parte del expediente.

Bema Agri había cuestionado la legislación municipal referida al dominio, planificación territorial y protección del ambiente.

Los jueces, en cambio, sostuvieron que el municipio tiene competencia para reglamentar el uso del derecho de propiedad sobre la tierra. “En ejercicio de las competencias restrictivas del derecho real de dominio, las municipalidades entrerrianas, entre sus competencias constitucionales, pueden planificar su territorio y zonificarlo según criterios de uso como también establecer regulaciones y fiscalizar las construcciones allí emplazadas”, plasmaron en la sentencia.

Fuente: Página Judicial.

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