MOVUS DESENMASCARA LAS TRAMPAS DE LOS FINLANDESES Y LA COMPLICIDAD DEL GOBIERNO CON LAS FALTAS DE UPM

UPM DESVIA LA DISCUSIÓN, PERO NO REFUTA DENUNCIA DEL MOVUS

En la audiencia judicial celebrada ayer sobre la acción de amparo presentada por el Movus solicitando la detención de las obras de la planta de celulosa de UPM en el departamento de Durazno mientras no cumpla las condiciones de la autorización ambiental, no se aportaron nuevos elementos, se hicieron los alegatos finales y la jueza Magela Otero anunció que dictará el fallo el próximo lunes.

El Movus denunció que se inició la construcción de la planta sin tener definida la Línea de Base, es decir, las condiciones ambientales previas en el área de influencia del proyecto para medir después los impactos en su transcurso. La resolución ministerial del 14 de mayo de 2019 otorgó la autorización ambiental con la condición de que se hicieran esas mediciones al menos un año antes de iniciar las obras.

Esa resolución estableció que en un plazo máximo de seis meses debía estar definido y aceptado por la Dirección Nacional de Medio Ambiente (Dinama) el sistema de dilución de los efluentes de la planta en el Río Negro. Con ese fin, UPM requirió un caudal mínimo de 80 metros por segundo en el río pero, a pesar de varios estudios, no ha encontrado hasta el presente una solución aceptable del problema.

UPM no pudo demostrar que la denuncia del Movus fuera infundada, pero en su lugar buscó desviar la discusión alegando que la Línea de Base cambia constantemente y se ajusta sobre la marcha de las obras, lo cual es falso, y que el sistema de dilución de los efluentes no se estaba construyendo, por lo que no era necesario que se hubiera presentado el proyecto para su autorización definitiva por la Dinama.

Si la Línea de Base de un proyecto es, por definición, el estado del medio ambiente en su zona de influencia antes de iniciadas las actividades, es obvio que ese estado no puede ser modificado después pues se estarían falseando los impactos del proyecto. Asimismo, si UPM no puede presentar una solución satisfactoria para la dilución de los efluentes, es obvio también que la planta no puede localizarse en ese lugar.

En la última audiencia, a pedido de UPM, se incorporó un informe donde la Dinama afirma que las obras comenzaron el 5 de octubre de 2019 luego de aprobado el Plan de Gestión de la Construcción y que las actividades cuentan con las aprobaciones ambientales correspondientes. El organismo oficial agrega que en los antecedentes administrativos no se ha constatado daño ambiental o peligro inminente.

Ninguna de estas afirmaciones de la Dinama refutan la denuncia del Movus porque, mientras se otorgaron esas autorizaciones, los técnicos del organismo no dejaron de señalar, en el expediente de seguimiento de la Autorización Ambiental de la planta de celulosa, los incumplimientos de UPM en la presentación del Plan de Monitoreo Ambiental y del sistema de dilución de los efluentes, entre otros proyectos.

Estos incumplimientos fueron el fundamento de la acción de amparo interpuesta por el Movus en la Justicia. No son solo unas partes del proyecto como tantas otras, sino la condición necesaria para poder evaluar sus impactos ambientales y para definir la viabilidad de una planta de celulosa de tales dimensiones en ese lugar. Pretender seguir adelante sin esos requisitos es una decisión imprudente e irresponsable.

Movimiento por un Uruguay Sustentable (Movus)
19 de noviembre de 2020

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