LOS VECINOS DE LA ARROCERA RESPONDEN

LOS VECINOS DE LA ARROCERA RESPONDEN

A raíz de la carta abierta publicada por J.M. Machado en El Argentino de Gualeguaychú, un grupo de vecinos de la Coop. Arrocera nos acercó esta respuesta para que publiquemos en nuestra página

Sr. Juan María Machado: hemos leído atentamente su carta publicada en la prensa local el pasado 12 de enero del presente año y nos merece muchas observaciones, de las cuales destacamos algunas que a continuación señalamos.

-En primer lugar nos parece que sería mucho mas honesto de su parte contestar nuestro reclamo en su carácter de miembro de una familia ligada a los intereses de la industria arrocera, que es desde donde en realidad lo está haciendo y no en nombre de una organización ambiental que nos ha apoyado desde siempre, porque de este modo esta usurpando una pertenencia a la que no hace honor y que utiliza para un beneficio personal.        De hecho lo desafiamos a que invite a Ipodagua a firmar su carta, cosa que no dudamos nunca ocurrirá.

– Nos parece que tampoco es honesto sostener, como Ud. lo hace, que la intimación municipal es incumplible por exigir en solo seis meses el traslado de la Coop. Arrocera, dado que desde la primera intimación municipal, no acatada por la Cooperativa han transcurrido muchos años, sin que haya cumplido con la voluntad y exigencia del municipio, por lo tanto es injusto social y legalmente pretender que el plazo no es suficiente, porque las intimaciones municipales registran lustros, no meses, como Ud. de ninguna manera puede ignorar.

– Consideramos capciosa su cita de la Constitución Nacional para defender un concepto de propiedad privada antediluviano  cuando por el contrario nuestra Constitución Nacional en su artículo 41 consagra:…” Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano……….. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley”.
Reforzando este derecho la Constitución de Entre Ríos en su Art. 19 consagra que:…”La salud es un Derecho Humano fundamental” y en el artículo 22….”Todos los habitantes gozan del derecho a vivir en un ambiente sano y equilibrado, apto para el desarrollo humano, donde las actividades sean compatibles con el desarrollo sustentable, para mejorar la calidad de vida y satisfacer las necesidades presentes, sin comprometer la de las generaciones futuras”.  También en su artículo 83 establece que:…”El Estado fija la política ambiental y garantiza la aplicación de los principios de sustentabilidad, precaución, equidad intergeneracional, prevención, utilización racional, progresividad y responsabilidad. El poder de policía en la materia será de competencia concurrente entre la Provincia, municipios y comunas”. Y no seguiremos consignando citas Constitucionales porque por ahora nos parecen suficientes.

– Consideramos también completamente inadecuada su apelación al principio de irretroactividad de la Ley porque éste queda superado en su vigencia porque se está lesionando un derecho infinitamente superior como lo son el Derecho a la Vida y el Derecho a la Salud, por el daño irreversible al que  están sometidos los vecinos, como Ud. no puede ignorar nuestra constitución sabiamente establece que:…”La salud es un Derecho Humano fundamental”

Han transcurrido muchos años desde el inicio de nuestros reclamos y también muchos años de incumplimiento por parte de la Cooperativa Arrocera de las intimaciones emanadas de la autoridad municipal.     El Intendente Bahillo esta actuando con la determinación y firmeza que exigen las circunstancias y no dudamos que esta vez, será obedecida la Constitución Nacional y la de Entre Ríos y por fin será garantizado nuestro inalienable Derecho a la Salud, aunque en el camino se toquen intereses económicos particulares como el que usted trata de defender disimuladamente mencionando de modo oportunista su pertenencia a una organización ambiental.

Atentamente, vecinos damnificados por la Cooperativa Arrocera Gualeguaychú

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